¿Qué reclamar?
Cantidades pagadas a promotoras por compra de viviendas que no se hayan entregado y sus intereses legales desde la fecha de los pagos.
¿A quién reclamar?
A la entidad bancaria que recibió dichos pagos a los promotores en una cuenta bancaria.
¿Cómo y hasta cuando reclamar?
Interponiendo demanda judicial, sin límite de plazo si no se ha resuelto el contrato de compraventa, y si se ha resuelto, durante los quince años siguientes a la resolución.
¿Qué se necesita?
Contrato de compraventa, justificante de los pagos, y en su caso, documentos que acrediten la falta entrega de la vivienda (cartas, demandas reclamando, etc).